El Boletín Oficial del País Vasco (bopv) de 2 de septiembre de 2016, Número 167 publica la Orden de 8 de Julio de 2016 por la que se convoca para el ejercicio 2016 las subvenciones para la elaboración o actualizaciones de planes de accesibilidad y ejecución de obras para la mejora de la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones
A continuación resumimos algunos de los principales aspectos de la misma.
1- Destinatarios:
Ayuntamientos y Entidades Locales Menores y Entidades privadas con fines sociales de utilidad pública.
2- Objeto:
Elaboración o actualización de planes de accesibilidad y ejecución de obras de mejora de la accesibilidad en el entorno urbano y de las edificaciones. Entre estas últimas se contempla la señalética adaptada y el equipamiento de edificios.
3- Solicitudes:
Las solicitudes para obtener las subvenciones para la mejora de la accesibilidad se dirigirán a la Dirección de Vivienda, Departamento de Empleo y Políticas Sociales, calle Donostía-San Sebastian nº 1 0101 Vitoria-Gasteiz o bien al Registro General del Departamento o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4- Plazo:
El plazo de presentación de la solicitud d de subvenciones pra la mejora de la accesibilidad es el de 1 mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el bopv.
5- Presupuesto de accesibilidad:
Tendrá la consideración de presupuesto para la mejora de la accesibilidad el presupuesto del plan, obras e instalación de equipamiento de adaptación presentado excluidos impuestos,y tasas, multiplicado por el coeficiente de mejora de la accesibilidad aplicable según la actuación.
La adaptación de señalética y equipamiento de los edificios cuenta con un coeficiente de mejora de la accesibilidad del 0,5.
6- Presupuesto máximo:
La cuantía máxima del presupuesto de mejora de la accesibilidad solicitado resultante de la suma de los presupuestos de mejora de la accesibilidad solicitados por una misma Entidad será de 300.000,00 €.
7- Dotación presupuestaria:
Para la concesión de las subvenciones para la mejora de la accesibilidad se destinarán un total de 3.000.000,00 € según el siguiente desglose
150.00,00 € ———- 2016
1.850.000,00 €—— 2017
1.000.000,00 €—— 2018
8-Ejecución de la mejora para la accesibilidad:
Las actuaciones deberán ser iniciadas a partir de enero de 2016 siendo el plazo máximo para la materialización de las mejoras de la accesibilidad el 15 de noviembre de 2017 para los planes y el 31 de octubre de 2018 para las obras.
Puedes consultar el texto íntegro de la Orden en este enlace